Puede reclamar a los Bancos por participaciones preferentes

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No se debe tener miedo a reclamar a los Bancos por participaciones preferentes, dudas subordinadas o clausulas suelo.

Hace unos días les informábamos de un Caso de Éxito de Lladó Grup Consultor obteniendo una sentencia del Juzgado de primera instancia número 3 de Badalona declarando la nulidad de la compra de participaciones preferentes de Caixa Catalunya y la condena a su sucesora Catalunya Banc S.A. a volver el dinero al cliente con sus intereses legales y costes. Pues bien, esta semana se ha repetido el mismo éxito con tres sentencias más favorables a los intereses de los clientes de Lladó Grup Consultor.

Estos resultados avalan la teoría que defendemos delante del Tribunal de que los clientes sufrieron errores en la presentación de su consentimiento en la suscripción de las órdenes de compra de las participaciones preferentes, derivado de la falta de información por parte de la entidad subscribiéndose las participaciones preferentes delante la confianza que entonces les merecen a los empleados de la entidad y pensando que contrataban un producto parecido a un depósito a plazo.  Procediendo la nulidad de las órdenes de compra de las participaciones preferentes y condenando al banco a volver el importe satisfecho por la compra de las participaciones preferentes, descontando el importe que ya se recuperó con el cambio por acciones y posterior venta de estos al Fondo de Garantía de Depósitos y añadiendo los intereses legales des de la fecha de la suscripción.

Así mismo está resultando con las cláusulas suelo (tipo de interés mínimo) que se aplican a la mayoría de las hipotecas. Hemos conseguido éxitos judiciales  en este sentido así como también estamos consiguiendo acuerdos extrajudiciales con los Bancos, para eliminar esta cláusula dejando de ser aplicable a la mensualidad siguiente a la del acuerdo.

Hemos topado con casos con ahorros anuales de cierta consideración, y por esta razón, aconsejamos que todos revisen si su hipoteca tiene esta cláusula y, en su caso, podemos negociar su supresión.

 

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